martes, 15 de marzo de 2011


INCUMPLE AYUNTAMIENTO DE L.C., DE MANERA SISTEMATICA, RECOMENDACIONES DE LA CEDH

Redacción AIM

Morelia Michoacán, Marzo del 2011 (AIM).- A pesar de haber aceptado una recomendación emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), el  H. Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas no ha remitido pruebas de su cumplimiento por la violación a los derechos humanos de 19 personas cometidas en 2007.

Los afectados, 19 obreros que en 2007 laboraban en empresas acereras del puerto, fueron agredidos por un grupo de personas supuestamente pertenecientes a la sección 271 del sindicato minero, lo cual se realizó ante  la presencia de elementos policíacos, quienes nada hicieron por evitar el altercado violento.

Derivado de estas acciones los agraviados acudieron a presentar una queja ante la CEDH y después de dar trámite, la Comisión, a través de la Visitaduría Regional de Morelia, emitió la recomendación 028/2008 dirigida a la Secretaría de Seguridad Pública, el Procurador de Justicia del Estado y al Presidente Municipal de Lázaro Cárdenas bajo el concepto de omisión en el cumplimiento de la función pública.

 Tanto la Secretaría de Seguridad Pública como la Procuraduría General de Justicia del Estado aceptaron y cumplieron la recomendación.

De acuerdo a los datos captados en la queja, el día 2 de febrero de 2007 varios de los afectados se encontraban realizando labores de volanteo en un centro comercial del Puerto cuando fueron abordados por integrantes de la Sección 271 del sindicato minero, quienes comenzaron a agredirlos.

Pese a retirarse del lugar, los quejosos fueron perseguidos y la agresión continuó hasta llegar a su secuestro y a pesar de que varios de ellos solicitaron auxilio a varias corporaciones policíacas y de procuración de justicia, la ayuda nunca llegó aunque elementos de la policía municipal y  ministerial se apostaron cerca de la trifulca pero no intervinieron.

La queja fue presentada contra elementos de la policía municipal, elementos de la policía ministerial adscritos a la Subprocuraduría Regional, elementos del Grupo de Operaciones Especiales, todos adscritos al puerto de Lázaro Cárdenas, así como en contra de elementos del servicio de auxilio 066.

Del documento emitido por la CEDH con número 028/08 se desprendió que la CEDH recomendó al Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas para fincar procedimiento administrativo en contra del licenciado José Lino Zamora Hernández, director de Seguridad Pública de Lázaro Cárdenas por su anómala actuación en los sucesos del 2 de febrero de 2007, así como en contra de elementos a su cargo, que estuvieron presentes en esa misma fecha y en contra de Héctor Pardo Valdovinos, comandante regional de la población de Guacamayas.

La recomendación fue aceptada pero no se han remitido pruebas de su cumplimiento por parte de la administración municipal de Lázaro Cárdenas, por lo que conforme a lo estipulado en el artículo 102 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación.

OTRA MÁS…

En otro expediente, la CEDH emitió la recomendación  113/2009 por ejercicio indebido y omisión en el servicio público, tras una queja presentada ante la Visitaduría Regional de Lázaro Cárdenas a cargo de Adrián Sevilla Lizcano.

El señor Napoleón Vega Santoyo denunció ante la autoridad municipal a la existencia de un negocio de abarrotes que opera ilícitamente y se encuentra ubicado en los terrenos de la Unidad Deportiva de la tenencia de Playa Azul en donde a su vez se venden bebidas embriagantes, a pesar de estar ubicado en un centro deportivo.

En su queja refirió que el Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas realizó un operativo para verificar el buen funcionamiento de los negocios que operan en esa tenencia, sin embargo la tienda en mención nunca fue revisada, a pesar de la insistencia de las otras personas que se dedican a la venta de abarrotes.

“Los propietarios de tal tienda no realizan ningún tipo de pago a la Secretaría de Hacienda, no tienen permiso por parte de reglamentos para vender bebidas alcohólicas”, señaló el quejoso.

Ante tal situación Vega Santoyo acudió al Departamento de Reglamentos Municipales para presentar su inconformidad, pasados varios días solicitó una copia de la misma y le dijeron que la habían perdido por lo que le sugirieron presentar una nueva queja y acudir en 15 días para saber la respuesta.

Pasado ese periodo de tiempo acudió nuevamente al Ayuntamiento y se entrevistó con Victoriano Rentería, jefe de Reglamentos Municipales quien le dijo que no podía hacer nada al respecto, porque el propietario tenía un contrato autorizado por el anterior jefe de tenencia de Playa Azul, avalado también por los representantes de los equipos de fútbol. Le sugirieron pasar con el secretario técnico, quien también le comentó que no podían hacer nada.

Por estos hechos la CEDH emitió la recomendación 113/09 dirigida al presidente municipal de Lázaro Cárdenas por ejercicio indebido y omisión en el servicio público. En el documento se solicitó la visita correspondiente al establecimiento para que se levantaran las actuaciones administrativas conducentes.

Se conoció que ninguno de los establecimientos tenía licencia municipal de funcionamiento vigente, por lo que se les otorgó un plazo para regularizar su situación y el negocio motivo de la queja tampoco tenía concesión federal por lo que también se le otorgó prórroga.

Sin embargo en diversas ocasiones se solicitó al Ayuntamiento informara sobre las medidas que se tomaron, sin que diera cuenta detalladamente ni procediera conforme a derecho.

Por lo anterior y en apego al artículo 102 del reglamento de la CEDH se procede a la publicación de la recomendación.



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